HOSTIGAMIENTO LABORAL A TRAVÉS DE WHATSAPP

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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a una demanda por despido y condenó a la empresa de ropa Yagmour a abonarle una indemnización por horas extras a la mujer, más una suma porque consideró que era hostigada al recibir habitualmente llamadas por Whastapp fuera del horario laboral (causa – G., L. P. c/ Yagmour SRL s/ despido). Prueba principal en la causa proviene de los testigos que aseguraron que la demandante realizaba horas extras bastante seguido, mientras que otros compañeros de trabajo sostuvieron que las hacía todos los días.
Los magistrados rechazaron los argumentos de la empresa contra las testimoniales y remarcaron que la regla de la sana crítica impone una valoración profunda y meticulosa del material probatorio colectado en el expediente, concatenándolo entre sí y extrayendo, a partir de ello, conclusiones válidas del mismo.
Las declaraciones propuestas por la parte actora, en cuanto aluden a la realización de horas extras, resultan fidedignas, ya que poseen un conocimiento directo de los hechos relatados, que las tornan verosímiles, lo que lleva, en este aspecto, a otorgarles fuerza probatoria en los términos de los arts. 90 de la L.O. y 386 del C.P.C.C.N.
Es de público conocimiento que, para la fecha de la cuestión debatida, la aplicación contaba con mensajes y llamadas, siendo indistinto si eran mensajes o llamadas provenientes de la aplicación, siempre que se hubieran realizado fuera del horario de trabajo y por la supervisora, cuestiones acreditadas por la testigo.

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